Será de aplicación el sistema propuesto por
las distintas Universidades para la transferencia y reconocimiento de créditos.
Esta normativa desarrolla lo establecido en el RD 1393/2007, de 29 de octubre,
modificado por el RD 861/2010, de 2 de julio y tiene las siguientes bases, de
acuerdo con la legislación vigente:
●
Un sistema de reconocimiento basado en créditos (no en materias) y en la
acreditación de competencias.
●
La posibilidad de establecer con carácter previo a la solicitud de los
estudiantes, tablas de reconocimiento globales entre titulaciones, que permitan
una rápida resolución de las peticiones sin necesidad de informes técnicos para
cada solicitud y disciplina.
●
La posibilidad de especificar estudios extranjeros susceptibles de ser
reconocidos como equivalentes para el acceso al grado, Máster o doctorado
●
La posibilidad de reconocer otros estudios y competencias profesionales
acreditadas.
En concreto, la Universidad de A
Coruña se rige por la “Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos
para Titulaciones Adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior EEES”,
aprobado por el Consejo de Gobierno el 30 de junio de 2011.Está accesible
públicamente a través de la web de la UDC, en el enlace
http://www.udc.es/export/sites/udc/_galeria_down/sobreUDC/documentos/documentacion_xeral/normativa_academica/Norm_tceees_adaptada_e.pdf
El consejo de gobierno de la Universidad de Santiago aprobó la normativa de
reconocimiento de créditos en base al RD 1393/2007 en su sesión del 4 de julio
del 2008. Además con fecha de 5 de mayo de 2009 y mediante resolución rectoral
establece el procedimiento para el reconocimiento de créditos. La universidad
de Santiago de Compostela. Tanto la normativa de reconocimiento como la
resolución rectoral puede consultarse en http://www.usc.es/gl/normativa/xestionacademica/index.html.
En la Universidad de Salamanca el Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2011
aprueba la normativa sobre transferencia y reconocimiento de créditos en base
al RD 1393/2007 modificado por el RD 861/2010. Puede consultarse en
http://campus.usal.es/~gesacad/coordinacion/Normas_Reconocimiento_y_Transferencia_creditos_acuerdo_27_01_2011.pdf.
Finalmente, el reglamento de transferencia y reconocimiento de créditos fue
aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza el 9 de julio
de 2009:
http://wzar.unizar.es/servicios/primer/2matri/legis/Propia/8.2.Reglamento_Reconocimiento_y_Transferencia_creditos.v6.corr_006.pdf.
Los
estudiantes procedentes del Máster Universitario en Intervención Logopédica en
la Infancia y en la Adolescencia por la Universidad de A Coruña, del Máster
universitario de Psicología Aplicada por la Universidad de A Coruña, del Máster
Universitario en Lectura y Comprensión por las universidades de Salamanca y
Valencia, y Trastornos de la Comunicación por la Universidad de Salamanca,
tendrán un reconocimiento automático de 12 créditos. Excepto en el primer caso,
en el resto se reconocerán los 9 créditos obligatorios del módulo básico
(metodología de investigación) y 3 créditos de entre las optativas del módulo
básico. En el caso del máster de Intervención Logopédica, se reconocerán los 12
créditos de entre los optativos del plan de estudios. La
realización del practicum y del trabajo fin de máster será obligatoria.
Se podrán reconocer 9 créditos
correspondientes al practicum del plan de estudios por experiencia profesional
y laboral acreditada.
Las solicitudes de reconocimiento y
transferencia de créditos serán tramitadas a través de las Comisiones
Académicas del Máster, que harán su propuesta de forma motivada para cada una
de las solicitudes.